PROTOCOLO DE ACCIÓN
EN SITUACIONES DE VIOLENCIA EN EL COLEGIO
INTRODUCCIÓN
Esta pauta establece el procedimiento a seguir en la eventualidad de presentarse una situación de conflicto al interior del Colegio, cuya dimensión o gravedad afecte al normal desarrollo de las actividades. Su aplicación permitirá a quienes dirigen la comunidad Colegio un adecuado manejo de los problemas asociados a violencia escolar. De esta forma, este protocolo de actuación es una secuencia inmediata y ordenada de acciones para la resolución de los conflictos a objeto de precisar responsables, se apliquen sanciones y se conduzcan acciones remediales a fin de que estas situaciones no se repitan a través de ésta se fortalezca el rol formativo del Colegio.
1. Definición:
Entendemos por violencia en el Colegio cualquier atentado significativo producido contra la dignidad e integridad de las personas o sus bienes dentro del establecimiento o en alguna instancia promovida por éste. Su naturaleza puede ser tanto física como verbal o psicológica, suponiendo en todo caso un riesgo grave y real de deterioro de las condiciones de vida de la persona que lo padece y, por extensión, del entorno en el que se desenvuelve.
2. Esquema de intervención:
Al producirse un conflicto de carácter violento; agresión, falta de respeto a la autoridad de un adulto, daño físico y/o psicológico, daño a las instalaciones o implementos del establecimiento, ciberbullying, ingreso de personas ajenas al establecimiento con riesgo para los integrantes de éste, maltrato a miembros de la comunidad, sea éste flagrante o por conocimiento posterior, el protocolo a seguir de manera inmediata a partir de la denuncia es el siguiente:
a. Control y contención:
- En forma inmediata frenar la acción de conflicto si es que en ese momento se está
- De tratarse de una situación denunciada, ubicar a quienes resulten señalados como partícipes de lo ocurrido.
- Trasladar al (los) agresor(es) y agredido(s) a un lugar apartado y siempre bajo la supervisión de un adulto.
b. Información y avisos:
- Quien se encuentre como responsable del control y contención de la situación, informará de inmediato al (a los) Profesor(es) Jefe(s) de los involucrados y al Encargado de Convivencia, contribuyendo a precisar aspectos y matices de interés para el análisis del conflicto (lugar, hora, participantes, posibles testigos, situaciones previas, ). Independiente de la gravedad de la situación, desde el primer momento se informará al Director del Colegio.
- En forma inmediata se abre un Registro de Atención y Seguimiento de Casos (RASC), a objeto de ir recopilando toda la información asociada a la situación de violencia; descripción de la acción o hecho, denuncia, declaraciones y todo aquello que contribuya a su aclaración
- Se revisan antecedentes e información sobre los alumnos implicados en el
- Es fundamental que la situación, y las responsabilidades correspondientes en el acontecimiento, queden consignadas en la hoja de vida de los involucrados de la manera más minuciosa posible.
c. Comunicación a la familia
- Una vez puntualizada la situación y asignadas las responsabilidades en el acontecimiento, se procederá a contactar a los apoderados de los involucrados para informarlos respecto a la situación, solicitando su concurrencia inmediata al establecimiento y, de ser necesario, el retiro del alumno de clases.
- En caso de que el apoderado no pueda asistir a la citación inmediata, se le solicitará concurrir al siguiente día hábil a primera hora.
- Se podrá valorar en la entrevista con el apoderado la disposición en cuanto a la reparación de los daños acontecidos o en confiar en las acciones a desarrollar por el En este sentido, podemos encontrar al menos las siguientes situaciones:
- Apoderado
- Apoderado en actitud defensiva, aunque dispuesto a admitir la existencia de la falta cometida
- Apoderado agresivo, imputando las causas de los hechos de forma unilateral a la otra parte que no es su hijo y es hostil hacia el tratamiento que realiza el
- Se deberá siempre buscar el acuerdo y comprensión de las familias con las decisiones finales, procurando su compromiso con las resoluciones, con el objeto de que se produzca una respuesta coherente y positiva, todo siempre bajo los procedimientos y parámetros establecidos por la Ley 536 de Violencia Escolar.
- En todo momento resulta fundamental tanto el registro escrito de las entrevistas que se sucedan, como el favorecimiento de medidas que respeten la privacidad de los involucrados, la confidencialidad del proceso de resolución del conflicto y el más absoluto respeto a la integridad de todos los
d. Aplicación de la sanción y de los acuerdos de mediación
- El (los) alumno(s) responsable(s) de la o las acciones de violencia serán informados de forma personal y por escrito por parte del Encargado de Convivencia o el Director de las sanciones a asumir y las implicancias de éstas.
- Se instruirá a profesores y asistentes para observar y/o supervisar a el(los) alumno(s) sancionado(s) y de los procedimientos a seguir, ya sea retroalimentación en atención a la conducta, o las sanciones y correcciones en curso.
e. Seguimiento
- El Profesor Jefe será el responsable de entrevistar al(a los) alumno(s) involucrado(s), informando de los resultados del encuentro a los demás profesores y al
- De haber existido suspensión de clases, el Profesor Jefe, en el plazo de una semana desde el retorno del alumno al curso, deberá sostener una entrevista con los padres y posteriormente, a la manera en que se realizó con el alumno, informar de ello al Director del
- Se indagará respecto a la apreciación de docentes, asistentes y directivos respecto a la apreciación que tienen del alumno y los cambios visibilizados en el mediano plazo, en el entendido de sostener la situación de seguimiento o, en caso de no evidenciar una mejora, la adopción de nuevas medidas, siempre en conformidad a la normativa del Establecimiento.
Marzo de 2024
SÍNTESÍS DE INTERVENCIÓN. TAREAS – RESPONSABLES – TIEMPOS
TAREA | RESPONSABLES | CUANDO: | OBSERVACIONES |
Contención | Docentes, asistentes o directivos que observaron la situación | En el momento | Todo el personal del Colegio está informado de esta responsabilidad |
Control | Docentes, asistentes o directivos que observaron la situación | Inmediato al conflicto | Existen tres lugares habilitados para estos efectos |
Primera recopilación de información | Docentes, asistentes o directivos que observaron la situación | Inmediato | Consignan con la mayor precisión en hojas de vida la situación de conflicto |
Aviso a Profesor(a) Jefe
y Encargado de Convivencia |
Encargado de Convivencia o Dirección | Inmediato | Aportando a la mayor cantidad de información sobre hechos o acciones observadas. |
Recopilar información sobre los involucrados y acciones o hechos
asociados al conflicto |
Profesor jefe y Encargado de Convivencia | Durante la jornada | Consultar expediente de alumnos y entrevista con éstos, con terceros presentes |
Información a Dirección | Encargado de Convivencia | Durante la jornada | Apertura de registro de Atención y Seguimiento de Casos (RASC) |
Comunicación a padres y/o apoderados | Profesor jefe o Encargado de Convivencia | Inmediato | Comunicación oral o escrita con respaldos formales a ésta |
Entrevista con padres y/o apoderados | Profesor(a) jefe, Encargado de
Convivencia o Dirección |
En 24 horas como máximo | Informar hechos, proceso indagatorio y posibles consecuencias. |
Conciliación | Encargado de Convivencia o Dirección | En 48 horas como máximo | Evaluar posibilidades de acercamiento de las partes y promover éste si no implica riesgo. |
Denuncia al Ministerio Público o Policías | Dirección
(sí la situación fuese constitutiva de delito) |
En 24 horas como máximo | Informar lo sucedido con los respaldos que hubiesen |
Convocatoria a
Comisión de Convivencia |
Encargado de Convivencia o Dirección | En 48 horas como máximo | Informarla situación y curso de indagaciones y analizar en conjunto medidas a administrar |
Comunicación de sanciones a involucrados y a sus
padres y/o apoderados |
Profesor(a) jefe y Encargado de Convivencia o Dirección | Finalizado el proceso indagatorio | Entrevista personal con registro escrito y firma de las partes con al menos dos funcionarios del Colegio presentes |
Información a profesores | Encargado de Convivencia o Dirección | En Consejo de Profesores, sesión siguiente a los hechos | Información de proceso indagatorio, conclusiones y sanciones si las hubiesen e indicaciones de seguimiento |
Entrevista con involucrados post sanciones | Profesor(a) jefe y Encargado de Convivencia o Dirección | Al momento de cumplir las sanciones administradas (reparaciones, suspensión de clases u otras,…) | Diálogo que genere de parte de involucrados un compromiso de cambio, con tareas implícitas |
Entrevista final con padres y/o apoderados | Encargado de Convivencia o Dirección | Al finalizar el período de vigencia de las sanciones | Observar y registrar el cumplimiento de los compromisos de los
involucrados y sus padres. |
Seguimiento a involucrado y otras medidas | Profesor(a) jefe, Encargado de Convivencia y Dirección | Semestre en curso y sí procede, resto del año escolar. | Inserción de involucrados en la convivencia Colegio, fortaleciendo aspectos que se evidenciaron deficientes y que originaron el conflicto (respeto,
tolerancia, sociabilidad…) |